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Hasta el 3 de julio se extiende plazo para renovar su Registro Mercantil, el RUNEOL y los demás registros públicos que integran el Registro Único Empresarial y Social – RUES

Abril 07 de 2020.

De conformidad con el artículo 4° del Decreto 434 de 2020, el Gobierno Nacional en favor de los empresarios para aliviar los efectos del Covid-19 en sus actividades productivas, Extienden el plazo para renovar los registros así:

  • Se extiende hasta el 3 de julio el plazo para que los empresarios e inscritos de todo el país puedan renovar su Registro Mercantil, el RUNEOL y los demás registros públicos que integran el Registro Único Empresarial y Social – RUES, relacionados en el artículo 166 del Decreto Ley 019 de 2012, con excepción del Registro Único de Proponentes.
  • Las personas inscritas en el Registro Único de Proponentes deben presentar la información para renovar su registro a más tardar el quinto día hábil del mes de julio, es decir, hasta el día 7 de julio de 2020.
  • La renovación de la afiliación de que trata el artículo 20 de la Ley 1727 de 2014, deberá realizarse a más tardar el 3 de julio de 2020. Los afiliados que renueven la matrícula mercantil y su calidad de afiliado en estos términos, podrán conservar todos los derechos que la Ley les concede.
  • Los empresarios, personas jurídicas y entidades que hayan incumplido el deber de renovar su matrícula o registro durante los años 2016, 2017, 2018, 2019, para el año 2020 tienen la oportunidad de renovar hasta el 3 de julio para evitar entrar en causal de Depuración del artículo 31 de la Ley 1727 de 2014.

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