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´Colombia Responde´, nueva línea de crédito Bancóldex para aliviar el impacto del Covid-19 en los sectores de turismo y aviación

Arauca, marzo 19 de 2020

La Cámara de Comercio de Arauca, hace extensivo el contenido de la circular externa 004 del 18 de marzo de 2020, mediante la cual el Gobierno Nacional, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo y Bancóldex, anticipando los efectos negativos en las actividades turísticas, de transporte aéreo y de espectáculos públicos, producto de la presencia del COVID19 en el país, han diseñado una solución de crédito preferencial dirigida al mantenimiento de la liquidez de estas empresas mientras se supera la coyuntura actual, con las siguientes condiciones:

MONTO DEL CUPO: Aproximadamente doscientos cincuenta mil millones de pesos (COP 250.000.000.000)

SUBCUPO1 MIPYMES: Aproximadamente ciento setenta y cinco mil millones de pesos  (COP 175.000.000.000)

SUBCUPO 2 GRANDES EMPRESAS: Aproximadamente setenta y cinco mil millones de pesos (COP 75.000.000.000)

INTERMEDIARIOS: Bancos, corporaciones financieras, compañías de financiamiento, cooperativas financieras con cupo disponible en Bancóldex y que ofrezcan un programa especial dirigido a las empresas, que deberá contener beneficios financieros frente a su oferta tradicional de crédito.

En cualquier caso, esta oferta deberá contemplar una reducción en  la tasa de interés a los beneficiarios, en mínimo el 2% (200 pb)  frente a la tasa plena que el intermediario hubiera aprobado para  cada operación específica en condiciones estándar de crédito.

Esta reducción se refrendará mediante la presentación del anexo 1 de esta circular por parte de la entidad financiera al momento de la solicitud.

Dentro de los treinta (30) días calendario siguientes al cierre de la presente línea, la entidad financiera intermediaria deberá remitir a Bancóldex una certificación firmada por Representante Legal, en la que se certifique que las operaciones redescontadas bajo esta línea cumplen todas las condiciones vigentes en el momento del desembolso.

BENEFICIARIOS: Personas naturales y jurídicas, consideradas como micros, pequeñas, medianas o grandes empresas1, que pertenezcan a los siguientes sectores económicos:

– Empresas del sector turístico del país, con Registro Nacional de Turismo vigente, el cual deberá adjuntarse en el momento de la solicitud.

– Empresas de prestación del servicio de transporte aéreo en Colombia pertenecientes a los códigos CIIU 5111, 5112, 5121, 5122 y 5223 de acuerdo con la revisión 4.0 del DANE.

– Empresas relacionadas con espectáculos públicos pertenecientes a los códigos CIIU 9006, 9007 y 9008 de acuerdo con la revisión 4.0 del DANE.

– Las empresas proveedoras de suministros y servicios de los sectores arriba mencionados, podrán acceder a los recursos de la línea presentando el anexo 2 de esta circular firmado por un Representante Legal de la empresa del sector turístico, de transporte aéreo o de realización de espectáculos de la que son proveedoras, junto con copia del Registro Nacional de Turismo (compradores de sector turístico) o del certificado de Cámara de Comercio o RUT (compradores transporte aéreo y empresas de espectáculos) de la empresa compradora.

Los créditos podrán ser otorgados a los socios o accionistas de las personas jurídicas antes mencionadas cuando los recursos sean destinados a capitalizar la empresa. Posterior al desembolso de los recursos la empresa capitalizada deberá remitir al intermediario financiero, certificación expedida por el revisor fiscal o contador, en la que se acredite la correcta aplicación del crédito.

Igualmente podrán acceder a estos recursos los patrimonios autónomos constituidos por las empresas que cumplan las condiciones antes mencionadas.

La condición de beneficiario de la línea y la documentación correspondiente deberá ser validada por la entidad financiera antes del trámite del crédito y anexarse en la presentación de la solicitud ante Bancóldex.

DESTINO DE LOS RECURSOS: Capital de trabajo. Materias primas, insumo, nómina y demás costos y gastos operativos de funcionamiento. Igualmente, los recursos podrán ser utilizados para generar liquidez mediante la mejora de las condiciones financieras de los pasivos actuales de la empresa, excepto los pasivos con socios o accionistas.

CONDICIONES FINANCIERAS

PLAZO: Hasta tres (3) años de plazo

PERÍODO DE GRACIA A CAPITAL: Hasta seis (6) meses de gracia

AMORTIZACIÓN A CAPITAL: Cuotas mensuales, trimestrales o semestrales.

PERIODICIDAD PAGO DE INTERESES: Para operaciones indexadas a la DTF: En su equivalente mes, trimestre o semestre vencido.

 Para operaciones indexadas a la IBR: En su equivalente mes o trimestre vencido

TASA DE INTERÉS AL INTERMEDIARIO: DTF E.A. + 0% E.A. IBR NMV + 0% NMV para el pago de intereses mensual o IBR NTV + 0% NTV para el pago de intereses trimestral.

TASA DE INTERÉS AL EMPRESARIO: Libremente negociable, en el marco del programa especial diseñado por cada intermediario financiero.

MONTO MÁXIMO POR EMPRESA:

MIPYMES: Hasta tres mil millones de pesos por beneficiario2 (COP 3.000.000.000)

GRANDES EMPRESAS: Hasta cinco mil millones de pesos por beneficiario3 (COP 5.000.000.000)

PREPAGOS: Serán permitidos y no habrá comisión de prepago. El aviso del prepago debe hacerse a Bancóldex con una anticipación no menor de tres (3) días hábiles a la fecha en que se efectuará el mismo.

GARANTÍAS: Con el objetivo de facilitar el acceso a los recursos ofrecidos en este cupo de crédito, las mipymes beneficiarias pueden hacer uso de las garantías establecidas por el Fondo Nacional de Garantías.

Bancóldex, previo acuerdo el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, podrá modificar estas tasas y demás condiciones, en cuyo caso informará oportunamente a los intermediarios y usuarios finales de los créditos a través del sitio web de Bancóldex (www.bancoldex.com). PRESENTACIÓN DE LA

SOLICITUD DE CRÉDITO A BANCÓLDEX. Los intermediarios financieros podrán efectuar el trámite de las operaciones a través del Sistema de Banca Electrónica de Bancóldex. Cuando Bancóldex de curso a la operación, comunicará al respectivo intermediario la fecha de perfeccionamiento de la misma. Los desembolsos estarán sujetos a la disponibilidad de recursos y del aporte entregado por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.

Cualquier información adicional sobre el particular, con gusto será atendida en la línea de atención y servicio al cliente Multicontacto – BANCOLDEX, que para Bogotá es 742 02 81 y para el resto del país 018000 18 07 10.

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